lunes, 30 de septiembre de 2013

Seguros para vivir de las rentas en la jubilación

Las pensiones públicas están en plena cura de adelgazamiento y hacen más recomendable el ahorro privado para compensar la futura reducción de ingresos en la jubilación.

El mercado ofrece muchos productos, pero sólo dos alternativas tienen ventajas fiscales en su tarjeta de presentación.

Los más populares son los planes de
pensiones, cuya tributación fomenta las aportaciones. Los seguros de renta, menos conocidos, aplican el beneficio fiscal en el momento del cobro.

Los asegurados de más edad pueden sacar el mayor partido a estos productos que transforman el ahorro en una renta, que puede ser mensual o de otra periodicidad. Si un mayor de setenta años contrata una de estas pólizas sólo tributará por el 8% de la renta que cobre, ya que el 92% queda exento. Esto supone un tipo efectivo del 1,52%, un privilegio que sólo disfrutan estos productos y que las entidades se encargan de resaltar. De hecho, lo habitual es que pongan de manifiesto ante los clientes la rentabilidad financiero- fiscal, más elevada (entorno a 0,75 puntos porcentuales) que la del producto en sí, señala Belén Alarcón, socia de Abante Asesores.

Los seguros de renta tienen su cliente tipo en personas mayores de cincuenta años que dispongan de un patrimonio acumulado del que puedan prescindir y quieran cobrar una renta. Estos productos son recomendables por ejemplo para gestionar los ingresos recibidos tras la venta de un piso o de otra propiedad o tras recibir una herencia.

Las compañías ofrecen diferentes diseños sobre el producto estándar, pero una de las alternativas más usuales es mantener el capital aportado para que lo reciban los herederos tras el fallecimiento del asegurado (este importe tributa en el impuesto de sucesiones y donaciones). Este capital genera un rendimiento que cobra el rentista, que puede recibir estos importes inmediatamente después de contratar la póliza (renta inmediata) o posponerlo a un tiempo después (renta diferida), apuntan en la Fundación Edad & Vida. Pueden contratarse también pólizas con dos asegurados que recibirán la renta correspondiente. En caso de fallecimiento de uno de ellos el superviviente puede acumular los dos ingresos.

Otra alternativa, más recomendada para quienes no tienen herederos, es consumir mediante rentas todo el capital aportado.

El primer paso para acogerse a esa cobertura es pagar una prima única que debe tener un elevado importe a la aseguradora. Según las estimaciones de Belén Alarcón, socia de Abante, por cada 30.000 euros de primas se podría obtener una renta mensual de unos 100 euros, si se aplica una rentabilidad del 4%. Para alcanzar una renta mensual de unos mil euros, por tanto, es necesario una prima de 300.000 euros.

Las aseguradoras han utilizado las rentas vitalicias como alternativa a los depósitos, sobre todo para sus clientes de banca privada.

Los altos tipos de interés de la deuda española registrados en 2012, que llegaron al 6%, han favorecido estos productos que las entidades impulsaron como alternativa a los depósitos cuando estos dejaron de ofrecer elevados rendimientos. Ahora que los depósitos presentan una rentabilidad que en el mejor de los casos se colocan entorno al 2%, los seguros de renta ofrecen un 3%, a lo que se suma la rentabilidad derivada de la fiscalidad de estos productos, de forma que se colocan casi en una ganancia del 4%, explica José Antonio Iglesias, director de márketing de Vidacaixa.

Algunas entidades ofrecen la posibilidad de elegir entre un rendimiento fijo durante toda la vida del seguro o renovarla cada cierto tiempo en función de las condiciones del mercado.

A la hora de comparar rentabilidades hay que comprobar que se hace en términos homogéneos, ya que los seguros de renta no suelen proporcionar TAE (Tasa Anual Equivalente) sino un tipo de interés técnico que es más elevado, explica Belén Alarcón.

Opciones


Según los cálculos de la Mutualidad de la Abogacía si una persona de 71 años invierte 100.000 euros y contrata un depósito con un 2,25% de rentabilidad a un año, obtendrá un rendimiento bruto de 2.250 euros. A esta cifra hay que restar el 21% de impuestos (472,5 euros) por lo que recibiría un rendimiento neto de 1.777,7 euros al año. En el mismo supuesto con un seguro esta misma persona obtendría una renta neta anual de 4.544 euros, o sea 2,5 veces más.

Las obligaciones del Tesoro a 10 años son la inversión de referencia de estos productos. Las aseguradoras compran estos títulos u otros similares con la prima única cobrada y el cupón se convierte en la renta que paga a su cliente después de descontar su margen que puede restar un punto a la rentabilidad del bono. A cambio, la tributación del importe del cupón es más ventajosa en un seguro de renta, sobre todo para los más mayores, que directamente a través del bono.

La aseguradora cuadra la inversión con el periodo de tiempo durante el que debe pagar la renta y asume el riesgo de que el cliente viva más años de los incluidos en sus cálculos si se trata de una renta vitalicia. Cuando la opción elegida por el asegurado es cobrar una renta temporal este riesgo no existe al quedar acotado el periodo de pago.

Recuperación anticipada


El seguro de rentas es un producto con matices por lo que “requiere más asesoramiento. Hay que tener muy presente que se trata de un producto para toda la vida y que el rescate se puede ver fuertemente penalizado”, dicen en Edad y Vida.

La recuperación anticipada supone que la aseguradora tiene que vender las inversiones que tenía para hacer frente a los compromisos acordados en la póliza y puede ser que lo tenga que hacer con pérdidas que se trasladan al asegurado que rescata, señala el directivo de Vidacaixa.

Además, la recuperación anticipada del capital obliga al asegurado a devolver el importe del beneficio fiscal que se haya aplicado en el seguro, lo que puede suponer un importante quebranto.

La solvencia de la compañía, una de las clavez


La solvencia de la compañía con la que se contrata un seguro de rentas vitalicias es un dato a tener muy en cuenta.

Son contratos a largo plazo que pueden superar los treinta años de vigencia y en periodos tan amplios todas las precauciones son pocas.

Vidacaixa, la aseguradora de CaixaBank, es con diferencia la más activa en la venta de estos productos. Gestiona un ahorro de 24.928 millones de euros, según los datos de Icea a 30 de junio pasado. Esta cifra supone un tercio del patrimonio total de este producto que asciende a 79.283 millones. Vidacaixa acapara el 44% de los titulares de seguros de rentas del sector con 1,25 millones sobre un total de 2,81 millones. Las aseguradoras de Santander y BBVA, por este orden ocupan la segunda y tercera posición en este ránking, con un ahorro gestionado de 9.128 millones y 8.026 millones, respectivamente.

El ahorro cubierto por los seguros de vida, en los que se incluyen los de renta, no están protegidos en caso de insolvencia de la aseguradora. El Consorcio de Compensación de Seguros, empresa pública que funciona como fondo de garantía del sector asegurador, cubre sólo los seguros generales. En los casos de quiebra de alguna aseguradora la solución ha llegado con el traspaso de la cartera a una entidad sana.

La hipoteca inversa y Pias, otras alternativas


La hipoteca inversa es una variante de los seguros de rentas vitalicias que se materializa a través de un préstamo hipotecario. El cliente entrega su vivienda a cambio de recibir pagos de por vida. Está dirigido a personas de edad avanzada y en algunos casos permite al cliente mantener el usufructo vitalicio de su vivienda mientras está percibiendo una renta que complementa la pensión pública que pueda recibir. Hay muchas modalidades de hipoteca inversa, aunque es un producto que no termina de calar por las dificultades que las entidades ven en su operativa y rentabilidad. A diferencia de otros préstamos hipotecarios, la persona mayor no tiene que devolver el dinero prestado. Serán sus herederos los encargados de liquidar la deuda con la entidad financiera en el momento del fallecimiento de la persona mayor. El producto está ideado para que en ese momento, la deuda sea muy inferior al valor del inmueble. Los herederos cuentan con un plazo normalmente de un año, y durante ese tiempo tienen varias opciones: pueden vender la vivienda, pagar la deuda y quedarse con la diferencia; pueden suscribir una nueva hipoteca para ir pagando la deuda, o simplemente pueden liquidar la deuda con su propio dinero y quedarse con la vivienda. De media, el valor residual para los herederos es del 50% del valor de la casa, según Óptima Mayores.

Los planes individuales de ahorro sistemático (Pias), por ley, también se cobran por sus titulares en forma de renta vitalicia con una rentabilidad cercana a la de la deuda pública.

Las aportaciones pueden ser esporádicas o periódicas (mensualmente, trimestralmente, etc.) y no pueden superar el límite anual de 8.000 euros. El patrimonio máximo que pueden alcanzar no puede superar 240.000 euros por contribuyente. Estos límites son independientes de los límites de aportaciones establecidos para los sistemas de previsión social.

Fuente: Expansión.com

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