miércoles, 20 de febrero de 2013

Mi tipo hipotecario ha desaparecido y nadie sabe cómo ha sido

No sé si este fin de semana será de esos que apetezca quedarse en casa. Si es así os vamos a recomendar una lectura, la de vuestro préstamo hipotecario. Más que nada debido a que el 28 de abril de 2013 dejan de publicarse determinados tipos de referencia hipotecarios. ¿Qué pasa con nuestra hipoteca si el indice de referencia desaparece?

Recordemos que, cuando tenemos una hipoteca a tipo variable, en cada fecha de revisión del tipo se acude a una referencia, un índice oficial, al que se le sumará un diferencial (o no) obteniendo el tipo de interés que se nos aplicará durante el siguiente periodo. Pues bien, tal y como hemos avanzado,
algunos se van a encontrar con que ese índice desaparece, deja de publicarse.

¿Qué tipos desaparecen?


En el 2011 se dictó una Orden Ministerial, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios. La misma determinaba que a partir del 28 de abril del 2012 dejaban de ser oficiales determinados tipos, y que un año más tarde, en 2013, dejarían de publicarse. También anunciaba alguna incorporación. ¿Cómo quedaba el asunto?

■ Tipos que se mantienen: el Euribor, el IRPH del conjunto de entidades, así como el Tipo de rendimiento en el mercado secundario de la deuda pública.

■ Tipos que se incorporan: Tipo medio de los préstamos hipotecarios entre uno y cinco años para adquisición de vivienda libre concedidos por las entidades de crédito en la zona euro y el IRS.

■ Tipos que dejan de ser oficiales (y desaparecen): el IRPH de bancos, el IRPH de cajas, y el CECA o TAR (Tipo Activo de Referencia de las Cajas de Ahorro).

Un aviso para no perdernos: IRPH, TRH, Indice de Referencia o Tipo de los préstamos hipotecarios a más de tres años concedidos por bancos/cajas son lo mismo.

Resumiendo. Los tipos que desaparecen son el IRPH de bancos, el de cajas y el CECA o TAR. Y punto.

Por tanto, para aquellos que tienen su préstamo referenciado al IRPH del conjunto de entidades no cambia nada. Sigue siendo oficial, se sigue publicando, y no hace falta ir a la sucursal, ni llamar por teléfono, ni nada de nada.

Ahora la pelota está en tu tejado. ¿Cuál es tu tipo de referencia? Búscalo en la hipoteca.

Mi tipo de referencia desaparece, ¿qué pasa?


Si tu tipo de referencia desaparece, ante todo mucha calma. Sigue leyendo la hipoteca y verás que seguramente eso ya estaba previsto, en un 99% de los casos:

■ Se cita como sustitutivo otro tipo de referencia, por ejemplo el Euribor, con otro diferencial. A partir de la siguiente revisión al 28 de abril es que nos toca.

■ Si se da la casualidad de que se cita como sustitutivo un tipo que también haya desaparecido, por ejemplo el CECA, en algunas entidades indicarán un tercer tipo o bien directamente te dirán que el tipo último aplicado es el que se seguirá usando indefinidamente. Tendremos una hipoteca a tipo fijo en tanto en cuanto no se vuelvan a publicar esos indices.

Resumiendo, debemos leernos la escritura donde veremos como funciona el mecanismo de sustitución. Claro que es posible que éste no entre en vigor, y nos encontremos con que antes del 28 de abril el Gobierno desarrolle la Orden Ministerial (cosa que tiene pendiente), y establezca el mismo, de su mano mayor, un indice sustitutivo, pero esto no es seguro. Habrá que estar atento.

Mi tipo de referencia desaparece, ¿que hago?


¿Es bueno o es malo que mi tipo desaparezca? Depende. ¿De qué?

■ Del tipo sustitutivo que tengas, así como de su diferencial. En bastantes casos supondrá una bajada considerable a día de hoy, a poco que el diferencial sea pequeño. En otros es posible que haya una ligera subida. Échale un vistazo.

■ Al margen del resultado puntual, es posible que el nuevo índice a algunos les parezca bueno y a otros no tanto, en función de sus expectativas de futuro sobre el mismo, su estabilidad versus flexibilidad, etc.

■ En algunos casos es posible que aboque a una suerte de hipoteca de tipo fijo, y ésta se nos puede quedar anclada en un tipo que algunos consideren atractivo y otros no.

¿Qué podemos recomendar?

1.Leer la escritura.
2.Entender qué pasará si el Gobierno no dicta ninguna nueva disposición, es decir, determinar el indice que nos aplicarán y el resultado previsible del mismo.
3.Hablar con nuestro banco para aclarar o confirmar nuestras expectativas.
4.Escuchar y valorar si tienen alguna oferta de novación de precio, y compararla con lo que nos aplicarían según el punto dos.
5.Estudiar posibles subrogaciones hipotecarias a otra entidad si no nos convence como va a quedar la situación (dado el mercado actual será raro encontrar ofertas más atractivas).
6.Estar atentos a las posibles decisiones gubernamentales.
7.Seguid leyendo Actibva.

Tal y como comentábamos, una excelente lectura para este sábado.

Fuente: ActiBva.com

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