viernes, 28 de octubre de 2011

¿Consecuencias de la quita a Grecia en sus ahorros?


De la cumbre europea del miércoles salío el acuerdo de una quita “voluntaria” a la deuda griega, y un compromiso de recapitalización de algunos de los grandes bancos europeos considerados “sistémicos”. Hace apenas un año distintas autoridades europeas manifestaban solemnemente que bajo ningún concepto se produciría una quita o un “default” de la deuda griega. Ya el pasado julio se daba por hecho una quita del 21% del nominal de la deuda, y las negociaciones actuales fijan en un 50% la quita.


Tras meses de mentalización, hoy nadie se extraña de que Grecia no vaya a devolver la totalidad de su deuda en el plazo estipulado. Uno de los grandes errores cometidos en la gestión de la presente crisis ha sido la resistencia a reconocer pérdidas, y como consecuencia de ello, a hacer partícipe de las mismas a los inversores, sobre todo a los tenedores de bonos.

A modo de ejemplo, no tiene sentido que Irlanda tuviera que ser rescatada para inyectar una cantidad equivalente al 32% de su PIB en sus entidades financieras y, los tenedores de los bonos senior, o de primera clase, de dichos bancos no sufrieran ninguna pérdida. Sólo los inversores en bonos subordinados tuvieron que asumir pérdida de parte de su inversión. Las pérdidas las asumió el estado irlandés en lugar de hacerlo los bonistas, principalmente bancos franceses, ingleses y alemanes.

Hasta la fecha, todos los inversores han recibido el reembolso de sus inversiones y el pago de sus cupones fuese cual fuese la situación de la entidad emisora. No existe seguridad de que sea siempre así. De hecho, las emisiones de bonos preferentes de entidades financieras colocadas entre inversores minoristas en los últimos años tienen condicionado el pago de los cupones a la obtención de beneficios por parte de las entidades.

No todas lograrán resultados positivos y, por tanto, no estarán obligadas a pagar los cupones correspondientes. Esta seguridad tácita en el cobro de los cupones y el principal de cualquier bono emitido por cualquier entidad financiera o cualquier estado, comunidad autónoma o ayuntamiento es un espejismo. Si realmente no existiera riesgo de insolvencia, aunque sea muy reducido, no habría tal disparidad de rentabilidades entre unos emisores y otros.

Así, un bono del estado francés con vencimiento en 2016 ofrece una rentabilidad del 2,19% frente al 4,6% de retorno que proporciona un bono del estado español a dicha fecha, o un 15,9% de rentabilidad que proporciona un bono del estado portugués. Si realmente no existiese riesgo de impago los tres bonos mencionados como ejemplo ofrecerían la misma rentabilidad. Su riesgo no es igual y en consecuencia su rentabilidad tampoco.

El acuerdo europeo de exigir un mayor nivel de capital a las entidades consideradas “sistémicas” frente al resto de entidades también tiene consecuencias relevantes. Por entidades sistémicas se entiende aquellas cuya quiebra es más costosa que su rescate. Es decir, son entidades demasiado grandes para dejarlas caer.

Desde esta perspectiva es lógico exigirles unos ratios de capital superiores a los requeridos al resto de entidades.

Por el contrario, las entidades que no son consideradas “sistémicas” sí podrían quebrar sin que necesariamente tuvieran que ser rescatadas. Por tanto, la percepción de riesgo al invertir en las entidades no sistémicas debería ser superior, y en consecuencia las rentabilidades ofrecidas por estas entidades mayores.

Hasta la fecha en todas las operaciones de reestructuración de entidades financieras españolas ningún inversor ha perdido parte de su inversión, pero las pérdidas, en algunos casos, existían. Se ha preferido aportar dinero público antes que reconocer pérdidas a bonistas o incluso a depositantes. Con ello se ha conseguido transmitir la sensación de seguridad indiscriminada ocultando los riesgos implícitos de toda inversión, aunque sea en bonos o incluso depósitos.

En algún momento esta percepción tendrá que cambiar y las pérdidas tendrán que ser asumidas por los inversores que corresponda. Hasta ahora se entendía como rentabilidad sin riesgo la ofrecida por la Deuda Pública, principalmente las Letras del Tesoro. Cualquiera que invierta en bonos con una rentabilidad superior a la ofrecida por la Deuda Pública debe saber que la rentabilidad adicional remunera el riesgo de dicha inversión.

Si ante la generación de pérdidas y un posible impago de una entidad el Estado siempre sale al rescate de los inversores, sería absurdo conformarme con la rentabilidad sin riesgo ofrecida por las Letras del Tesoro. En este sentido, el reconocimiento de la quita a la deuda helena es un hito que ayudará a recuperar la percepción del riesgo de las inversiones.

Fuente: EL DÍA digital.es

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